El denominado “Operativo Diamante” fue presentado como una medida para recuperar espacios públicos y formó parte de las principales acciones emprendidas por la administración de Cuevas en ese periodo.

Luego de que el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México determinara que incurrió en abuso de funciones y otras irregularidades vinculadas con el llamado “Operativo Diamante”. La exalcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, recibió una sanción de un año de inhabilitación para desempeñar cargos en el servicio público.
La resolución, sin embargo, todavía no tiene carácter definitivo. La exfuncionaria dispone de los mecanismos legales para controvertirla, por lo que la sanción podría ser impugnada dentro de los plazos establecidos.
El caso corresponde al juicio de responsabilidad administrativa TE/I-22616/2023, presentado el 29 de junio ante la Primera Sala Ordinaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración del Tribunal.
El procedimiento se originó a partir de denuncias y reportes ciudadanos relacionados con presuntos abusos atribuidos a personal de la alcaldía durante la aplicación del operativo, implementado mientras Cuevas se encontraba al frente de la demarcación.
La estrategia comenzó el 19 de junio de 2023 y se mantuvo hasta el 9 de agosto de ese año. Entre las acciones realizadas estuvo el retiro de distintos objetos colocados en la vía pública, como sillas, bancas, pérgolas, jardineras y otros elementos utilizados por establecimientos comerciales.
El denominado “Operativo Diamante” fue presentado como una medida para recuperar espacios públicos y formó parte de las principales acciones emprendidas por la administración de Cuevas en ese periodo.
De acuerdo con la información disponible, los plazos para presentar una impugnación continúan abiertos. En consecuencia, la determinación del Tribunal aún puede ser recurrida y no constituye una sentencia firme.
Asimismo, debido a que el procedimiento administrativo todavía se encuentra en curso, el contenido del expediente no es de carácter público.